Ha llegado la hora de Unirse ante la Información.
Bienvenidos los Operadores de: Renca, Maipú, Peñalolén, Huechuraba, Puente Alto.-
Bienvenidos Todos los Sindicalistas y Asociados de todos los Sindicatos que existen en Alsacia (Chile).
La idea es que vayan desapareciendo muchos de los más de 71 sindicatos que existen dentro de esta empresa y queden a lo más 5 sindicatos o sólo uno. Y todos al servicio de los Trabajadores y no de la empresa ( tal como ha sido hasta el momento).-
Todos podemos participar para que haya una verdadera comunicación entre nosotros.
Este sitio será visitado por más de algún personero de Gobierno o de Oposición que querrá investigar si los hechos que son denunciados acá como ficticios para proteger a los participantes, son verdaderos. Esa es nuestra esperanza y desde este momento nos declaramos el grupo de "LA RESISTENCIA DE ALSACIA", igual que en la guerra, donde tenemos que denunciar en el anonimato para protegernos.-


lunes, 9 de mayo de 2011

Importante Aporte sacado de Facebook

  • Sindicato Sitexa 
    Compañeros, deben argumentar que la empresa Express y Alsacia son la misma empresa y a Express se le gano la TUTELA RIT: T - 86 - del 2010 en el 2° Juzgado Laboral de Santiago, donde se vio en Informe especial que algunos compañeros debenorinar en las calles, por falta de servicios higiénicos o deben ir a hacer sus necesidades, deben interrumpir en las casa cuando están en hora de almuerzo, además compañeros deben hablar del ORD. N° 5076/95 del 29 de Noviembre del 2010, donde quedo establecido los 30 MINUTOS DE DESCANSO DESPUÉS DE 4 DE CONDUCCIÓN, que las empresas, por cada 3000 Trabajadores que no le dan la 1/2 hora de descanso se ahorran $ 1.200
    Hace 11 horas · 
  • Sindicato Sitexa ‎$ 1.200.000, mil docientos millones de pesos se están ahorrando, si lo multiplicamos por seis años equivale a $ 7.200.000.- millones de pesos que han dejado de pagar a los conductores, más las horas extras que no han pagado, hagan un estimativo, estos son argumentos que se deben usar de manera verbal en el juicio, estos son parte de la tutela, que deben demostrar, para darle peso a la demanda compañeros
    Hace 11 horas · 
  • Sindicato Sitexa La empresa Alsacia al igual que las otras está obligada a tratar la salud física y Psíquica de los Conductores, por un dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social, según el Decreto Supremo 101, artículo 72, de existencia de una enfermedad epidemiologica de los conductores del Transantiago, por estrés laboral, que el señor IVAN VALDES lo sabe y está callandito, que se lo pregunte la abogada en su declaración.
    Hace 10 horas · 
  • Sindicato Sitexa Tengo bastantes cosas que puedo decir o contar al respecto del juicio, ustedes deben estar bien instruidos y poder hacer presente estas situaciones, y con esto terminaríamos, por pedir la intervención a las empresas poco éticas que vulneran los derechos humanos laborales, en nuestro país que no debemos permitir.
    Hace 10 horas · 

Señor URBINA Por FAVOR Concéntrese solo en la Demanda

Señor Urbina, si todos los sindicatos están unidos entonces sigan unidos todos, pero en la demanda, o esperando los resultados de la demanda ya que el resultado de la DEMANDA será aplicada a todos los TRABAJADORES sin excluir a nadie, sin importar a que sindicato pertenezcan.
No sedan en nada . La DEMANDA está más que clara y si es igual o mejor que la que presentaron los colegas de EXPRESS y ellos la ganaron, entonces se deduce que acá solo tenemos que esperar que se haga justicia y que todos nuestros problemas se resuelvan con el resultado de la demanda que usted interpuso.
Tengamos paciencia y si Alsacia no nos quiere programar las 7,5 horas por las buenas entonces que sea por la fuerza, cuando la LEY los obligue por el resultado de su demanda.
Por favor pida que los sindicatos lo apoyen en esperar el resultado de esa demanda y no sedan nada antes del resultado ya que ceder antes de un fallo judicial significaría que algo podría oler feo.
Si la empresa no quiere por las buenas entonces por la fuerza.
además se sabe que su abogada es de lo mejor y no acepta sobornos así que no hay excusas para darse por vencidos antes de tiempo. Si la mesa de clima laboral no conduce a que se respete la ley entonces esperemos que la LEY SE IMPONGA CON EL JUICIO. gracias.

AUDIENCIA DE JUICIO PARA EL 01 de JUNIO de 2011, 11:40 hrs. Sala 7

  ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA
PROCEDIMIENTO DE TUTELA LABORAL

FECHA
29/04/2011
RUC
11- 4-0006496-4
RIT
T-21-2011
MAGISTRADO
IVAN SANTIBAÑEZ TORRES (C)
ADMINISTRATIVO DE ACTAS
CLAUDIA FUENTES YESSI
SALA
9
HORA DE INICIO
08:45
HORA DE TERMINO
10:39
Nº REGISTRO DE AUDIO
1140006496-4-1349
PARTE DENUNCIANTE COMPARECIENTE
JOSE URBINA RODIRGUEZ
ABOGADO
MANUEL LUNA ABARZA
FORMA DE NOTIFICACION
CORREO ELECTRONICO
PARTE DENUNCIADA  COMPARECIENTE
NO COMPARECE
ABOGADO
BENJAMIN COSTA NAVARRO
EDUARDO LAVADO POCH
JAIME CASTILLO SALDIAS
FORMA DE NOTIFICACION
CORREO ELECTRONICO

ACTUACIONES EFECTUADAS:
SI
NO
ORD
(HECHO DE HABERSE EFECTUADO O NO, Y SU ORDEN)
·         RELACION DENUNCIA
X


·         RELACION CONTESTACION DE DENUNCIA
X


·         LLAMADO A CONCILIACIÓN ART. 495 Código del Trabajo
X


·         FIJA HECHOS A PROBAR
X


·         RECEPCION DE PRUEBAS
X


·         EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE PRUEBAS
X


·         OFRECE PRUEBA DENUNCIANTE
X


·         DOCUMENTAL DENUNCIANTE
X


·         OFRECE PRUEBA DENUNCIADO
X


·         DOCUMENTAL DENUNCIADO
X


·         DILIGENCIAS DECRETADAS
X


·         CITACION A AUDIENCIA DE JUICIO
X



Delega poder:
            Se presenta escrito de la abogado  María Zúñiga Poblete le delega poder al abogado Manuel Luna  Abarza.
            El Tribunal: Se tiene presente la delegación de poder, y se ordena digitalizar el documento.

Traslado:
            Conferido traslado a la demandante, se deja su resolución para definitiva. Fundamentos en audio.

Conciliación:
            Llamadas las partes a conciliación, esta no se produce.
           
Los hechos a probar son los siguientes:
1-      Efectividad de haber implementado la demandada un sistema de programación de turnos semanales con infracción a las normas legales, sin respetar los tiempos de descanso.
2-      Efectividad de no haber implementado la demandada condiciones de higiene y seguridad adecuadas respecto a las cabinas de los buses y puntos de descaso.
3-      Efectividad de haber ejercido la demandada presiones mediante llamado por celular y altoparlantes y la consignación de amonestaciones en la hoja de ruta.
4-      Efectividad de corresponderle algún tipo de responsabilidad al Fisco, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en los hechos denunciados.

Medios de Prueba:
La parte denunciante ofrece:
Documental:

1.-Certificado de Vigencia Sindical N° 1164, de fecha 20 de abril de 2010, donde consta que don José Urbina Rodríguez es el director sindical del Sindicato Interempresas de Trabajadores del Transporte Público de Empresas Licitadas y Concesionadas de la Región Metropolitana.

2.- Certificado de Vigencia Sindical n° 1301/2011 de don Juan Tirado Pedreros, donde consta su calidad de director sindical del Sindicato Interempresas N° 1 de Transporte de Pasajeros Urbano.

3.- Resolución de Comisión de fiscalización N° 1360/2009/191 de 18 de marzo de 2010.

4.- Copia de resolución N° 2301 de fecha 2 de junio de 2008, emitida por la Dirección Nacional del Trabajo.

5.- Copia de resolución N° 1447 de fecha 9 de abril de 2008, emitida por la Dirección Nacional del Trabajo.

6.- Copia de resolución N° 1146 de fecha 24 de mayo de 2010, emitida por la Dirección Nacional del Trabajo.

7.-Informe médico de fecha 09 de diciembre de 2010, emitido por la Mutual de la Cámara Chilena de Construcción donde consta que don Sergio Di Giovanni, presenta un estrés laboral.

8.- Comprobante de ingreso de denuncia para fiscalización ante la Inspección del Trabajo por excesos de jornadas laboradas, efectuada por don Leonardo López.

9.- Orden medica de reposo laboral de fecha 23 de septiembre de 2010, emitido por la Mutual de Seguridad, respecto del trabajador Sergio Di Giovanni.

10.-       Orden medica de reposo laboral de fecha 15 de octubre de 2010, emitido por la Mutual de Seguridad, respecto del trabajador Sergio Di Giovanni.

11.-       Informe médico de lesiones de fecha 26 de diciembre de 2010, emitido por la Mutual de Seguridad, respecto del trabajador Onofre Antonio Mora Jaque, por amputación traumática dedo índice derecho.

12.-       Copia de resolución N° 805 de fecha 30 de marzo de 2008, emitida por la Dirección Nacional del Trabajo.

13.- Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad correspondiente a la Empresa Inversiones Alsacia S.A.;

14.- Programa de Operador de Bus correspondiente a la semana del lunes 03 de enero al domingo 09 de enero de 2011.

15.-  Programa de Operador de Bus correspondiente a la semana del lunes 17 de enero al domingo 23 de enero de 2011.

16.- Carta de amonestación efectuada por la empresa al trabajador Osvaldo Rivera Rabanales, por infringir las bases de licitación pública del Transantiago, de fecha 03 de diciembre de 2010;

17.- Carta de amonestación efectuada por la empresa al trabajador Osvaldo U Rivera Rabanales, por infringir las bases de licitación pública del  Transantiago, de fecha 15 de diciembre de 2010;

18.- Documento denominado "Orden de servicio por autobús", emitido por la denunciada donde constan las programaciones excesivas de la jornada laboral.

19.- Certificado de término de reposo laboral del trabajador Víctor Lantadilla Soto, emitido por la Mutual de la Cámara Chilena de la Construcción de fecha 04 de noviembre de 2010, por enfermedad profesional;

20.-Epicrisis de atención ambulatoria emitido por la Mutual de la Cámara Chilena de la Construcción de fecha 28 de septiembre de 2010, correspondiente al trabajador Víctor Lantadilla Soto.

21.- Comprobante de Consulta médica dental emitida por el doctor Marcel Contreras, de la Clínica San Antonio, de fecha 28 de septiembre de 2010, al trabajador Víctor Lantadilla Soto;

23.- Informe médico emitido por la Mutual de la Cámara Chilena de la Construcción de fecha 28 de febrero de 2011, al trabajador Víctor Lantadilla Soto;

24.-Liquidacion de remuneraciones correspondiente al trabajador Víctor Lantadilla Soto, del mes de octubre de 2010.

25.-Orden médica de reposo laboral, emitido por la Mutual de la Cámara Chilena de la Construcción de fecha 07 de marzo de 2011, al trabajador Víctor Lantadilla Soto;

26.-Citacion a control médico emitido por la Mutual de la Cámara Chilena de la Construcción de fecha 08 de marzo de 2011, al trabajador Víctor Lantadilla Soto.

28.-Set de fotografías de Comedores Cabezal 106 María Angélica, La Florida.

29.-Set de fotografías de Servicios higiénicos Cabezal María Angélica 106 La Florida.

31.-Set de fotografías de servicios higiénicos químicos Cabezal María Angélica 106 La Florida.

32.-Set de fotografías de servicios higiénicos químicos y cabezal 106 María Angélica La Florida.     

El Tribunal: Téngase por ofrecida la prueba de la demandante, se declara pertinente.                                                                                                                                                                        

Absolución de posiciones:
1-       Vlamic Domic Cardenas.        
El Tribunal: Como se pide, quedando citado en este acto a través de su abogado.                                                                             

Testimonial                
                                                                                                                                                                                     1 - Clemira Lorena Aravena Burdiles, Rut 15.213.389-8, domiciliada en Pasaje Carrera N° 3786,            Puente Alto.
2-    Sergio Di Giovanni Sánchez, Rut 5.160.876-3, domiciliado en Gerónimo de Alderete 3451, La Florida.
3-   Adán Ormeño Parra, Rut 7.971.296-5; Las Calas 2328,La Florida
4-   Abdon Ortiz Zapata, Rut 14.232.896-8, domiciliado en Pasaje Vitacura 0829.
5-   Luis Vega Sepúlveda, Rut 12.472.972-6, domiciliado en Pasaje Paluan 4042.
6-   Jorge Bruno Flores González, Rut 10.576.016-7, domiciliado en calle 1296. Peñalolén.
7-   Eduardo Mesía Valenzuela, Rut 15.443.202-7, domiciliado en Av. La Serena 8220, La Granja.
8-   Edgardo Vladimir Muñoz Mercado, rut 13.233.423-4, Pablo VI 1680
9-    Enrique Rosendo Alvarez Cabello, C.I. 5.164.346-1, domiciliado en Manuel Lavado 11465-B, La Florida.
10-  Marcos Morales Venegas Rut 15.438.975-K, domiciliado en Pasaje las Hortensias 8346, La Florida.
11- René Patricio Rojas Pinilla, C.I. 9.764.967-7, domiciliado En Pasaje Los Salvia N° 1824, Villa El Viñedo, Comuna De Puente Alto.
12-  Mauricio Viarin Aceituno, C.I. 10.544.488-5, domiciliado En Nonato Coo 661, Puente Alto.
13-   Miguel Angel Faundez Faundez, C.I. 12.274.211-3, Operador De Buses Domiciliado En Tignamar 2711, Puente Alto;
14-  Jorge Araya Pasarin, C.I. 11.878.483-9, Domiciliado En Julio Cesar 3163, Puente Alto.
15-   Víctor Hugo Lantadilla Soto, C.I. 9.989.756-2, domiciliado En Pasaje Cerro Tres Puntas N° 3709, Comuna de Puente Alto.
16-  Víctor Manuel Opazo Sánchez, cedula nacional de identidad N° 7.026.883-3, delegado sindical del Sindicato SITPREM,  con domicilio en Los Escritores Nacionales N° 10932, Villa Los Escritores, La Florida;
17-   Alejandro Antonio Cofre Velasquez, CI N° 10.955.724-2, con domicilio en Rupanco N° 3530, Comuna de Pirque.
18-  Jorge Eduardo Silva Silva, RUT 8.632362-1, dirigente sindical de SINTRAPA 2, R.S.U. 13.01.3559, con domicilio en Roberto Munizaga N° 366, Villa Juan Gómez Millas, Puente Alto.
19-   Luis Gabriel Salazar Contreras, cedula nacional de identidad N°9.087.244-3,  con domicilio en Pasaje Santa Adriana N° 1751-G, Departamento 23, Villa Alonso de Ercilla, Comuna de La Florida.
20-   OSVALDO DE LA CRUZ RIVERA RAVANALES, RUT N° 10.953.776-4, domiciliado en Estrella Blanca N° 4880, Comuna de Pedro Aguirre Cerda.
21-   Alex Richard Galvez Peredo, RUT N° 9.833007-0, domiciliado en Pasaje Los Temporales N° 0869, Comuna de Puente Alto.
22-  0scar Felipe Vargas Coloma, RUT N°.13.336310-2, con domicilio en Camilo Henríquez N° 726, Comuna de El Bosque.
23-  Boris Eduardo Pereira Maureira, RUT N°15.374.974-4,  domiciliado en Santa Margarita 6636, Villa Los Copihues, Comuna de La Florida.
24-  José Erick San Martin Navarrete, RUT N° 10.570.698-7, domiciliado en Javiera Carrera N° 10325, La Florida.
25-  Roberto Javier Carvajal Barrientos, C.I. 6.656.125-9, con domicilio en Avenida Las Torres, calle 1, 5401, comuna de Peñalolén.

El Tribunal: Como se pide, cítese por carta certificada a los testigos indicados en los números 3, 5, 10 y 16. Los demás quedan de cargo de la parte que los ofrece, sin perjuicio que el Juez de la audiencia de juicio pueda prescindir a más de uno de ellos.

OFICIOS:
1.-Se oficie a la Mutual de la Cámara Chilena de la Construcción a fin de que informe cuántos trabajadores de la empresa denunciada se encuentran en la actualidad con licencia médica producto de estrés laboral, y para que informe si en el último año la atención médica a los trabajadores de la denunciada ha aumentado en relación a los años anteriores, desde abril de 2010 a abril de 2011.

2.-Se oficie a la Dirección del Trabajo a fin de que dicho organismo informe al Tribunal si la Empresa Inversiones Alsacia S.A. se encuentra acogida a una jornada excepcional de trabajo, en caso afirmativo desde cuándo, y mediante qué resolución; que informe si la empresa Inversiones Alsacia ha sido infraccionado por vulnerar las normas relativas a la jornada de trabajo, especialmente relativas a los operadores de buses, informando el número de infracciones y las fechas en que ellas ocurrieron; e informe si los operadores de buses de la empresa Inversiones Alsacia se encuentran sujetos a una jornada de proceso continuo o no.
3.- Se oficie al Hospital Psiquiátrico Isidoro Horvitz para que informe si se encuentra internado el trabajador Rodrigo Hernán Melita Gamboa RUT 12.896.330-8, en la afirmativa, indique tiempo de internación y causa de la misma.

La parte denunciada ofrece:

PRUEBAS INVERSIONES ALSACIA S.A.
Prueba documental
1-       Respecto de los 5 Terminales, se ofrece los siguientes documentos:
a)                       Set de fotografías del Terminal y sus dependencias;
b)                       Certificado empresa Cogan Grupo Norte S.A.;
c)                       Certificados empresa Vía Fin Limitada de desratización, desinfección desinfectación.
d)                       Plan de Emergencia Terminal Departamento Prevención de Riesgos;
e)                       Certificados Aguas Andinas S.A. En cuanto al Terminal Renca, se acompaña, además, set de boletas de pago de servicio de agua potable.
f)                        Planos Extintores y Zona de Seguridad; y
g)                        Formulario Inspección Extintores Departamento Prevención de Riesgos.
2-      Set de fotografías de servicios higiénicos en casas y puntos de relevo, a las que se adjunta certificados emitidos por la empresa Vía Fin Limitada. Respecto de aquellos baños (9) que no se tiene fotografías, se acompaña mapa de la ubicación de cada uno de ellos y certificados emitidos por la empresa Vía Fin Limitada.
3-    Copia de Informe Análisis Ergonómico Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción.
4-    Dos Certificado cumplimento norma ISO 9001:2000; NCH 9001.0F2001; y BS EN ISO 9001:2008, emanados de Bureau Veritas, respecto del mantenimiento de los buses, enviados al Subsecretario de Transportes Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones don Raúl Erazo Torriceli, mediante carta de fecha 31 de agosto de 2009.
5-      Set de fotografías de cabinas acrílicas de protección instaladas en los buses de la flota de Inversiones Alsacia S.A.
6-   Certificado emitido por la empresa Big Services S.P.A.
7-   Copia del "Pacto Sobre Jornada Reducida y Horario Especial Para Directores Sindicales" de fecha 26 de noviembre de2010, suscritos por los denunciantes señores Juan Castillo, Gabriel Aguilera, Julio Genskowskei, Patricio Palma y Luis Carmona
8-   Carta dirigida a Inversiones Alsacia emitida por don José Urbina, de renuncia a la jornada reducida.                                                                                    
9-    Ordinario de la Dirección del Trabajo N° 339/27 de fecha 30 de enero de 2002.             
10-  Contrato, liquidaciones y planillas de ruta y programaciones.

PRUEBA TESTIMONIAL:
1.             Norman Luis Hewstone Lizana, trabajador dependiente, Jefe de Depósito de Inversiones Alsacia S.A., Cédula Nacional de Identidad N° 9.584.975 - K.
2.             Iván Pablo Valdés Cid, trabajador dependiente, Jefe de Relaciones Laborales de Inversiones Alsacia S.A., Cédula Nacional de Identidad N° 8.610.892 - 5.
3.                  Iván Sánchez Rojas, Ingeniero en Prevención de Riesgos, Jefe del Departamento de Prevención de Riesgos de Inversiones Alsacia S.A., Cédula Nacional de Identidad N° 9.975.565 — 2.
4.                  Karina Alejandra Candia Ruminot, Contador Auditor, Jefe de Recursos Humanos de Inversiones Alsacia S.A., Cédula Nacional de Identidad N° 13.624.626 - 7.
5.                  Ignacio Esteban Araya Farías, Ingeniero, Sugerente de Operaciones de Inversiones Alsacia S.A., Cédula Nacional de Identidad N° 10.797.330 - 3.
6.        Víctor Hugo Bravo Martínez, Ingeniero Naval Electricista, Sugerente de Producción Gerencia de Mantenimiento de Inversiones Alsacia S.A., Cédula Nacional de Identidad N° 6.346.720 - 5.
7.        Francisco Necochea Navarrete, Administrador Público, Jefe de Operaciones de Inversiones Alsacia S.A., Cédula Nacional de Identidad N° 14.163.824 - 6.
8.        Cristina Gatica Zúñiga, Ingeniero de Ejecución en Gestión Ambiental y Técnico en Prevención de Riesgos, Experto en Prevención de Riesgos de Inversiones Alsacia S.A., Cédula Nacional de Identidad N° 15.339.546 - 2.
Quedando la parte demandada obligada a citarlos a la audiencia de juicio correspondiente.

PRUEBA CONFESIONAL
1-      José Urbina Rodríguez
2-      Juan Tirado Pedreros

OFICIOS
1.                       Cogan Grupo Norte Chile, RUT N° 86.422.800 - K, a fin que informe y especifique los servicios que presta a la empresa Inversiones Alsacia S.A. RUT N° 99.577.400 - 3 y en qué depósitos y relevos la efectúa.
2.     Via Fin Limitada, RUT N° 78.416.500 - 0, a fin que informe y especifique los servicios, los depósitos y puntos de relevo que presta a la empresa Inversiones Alsacia S.A. RUT N° 99.577.400 - 3.
3.     IGT Chile S.A., RUT N° 76.346.460 - 1, a fin que informe los cursos de capacitación que ha impartido Inversiones Alsacia S.A. RUT N° 99.577.400 - 3, durante el año 2009 y 2010, y el número de trabajadores capacitados.
4.                       Big Services S.P.A., RUT N° 76.096.106 - K, a fin que informe los parámetros utilizados en la confección de planeación, programación y monitoreo de la operación transporte y asesorías en las referidas materias.
5.                  Coordinación General de Transportes de Santiago, a fin que informe si la empresa Inversiones Alsacia S.A., RUT N° 99.577.400 - 3, ha dado cumplimiento al Oficio N° 1412/2009, remitiendo mensualmente los antecedentes referidos a las revisiones técnicas y plan de mantención de los buses de su flota. capacitación que ha impartido a los operadores de buses de la empresa.                                               
6.                  Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción a fin que informe los cursos de capacitación que ha impartido Inversiones Alsacia S.A. RUT N° 99.577.400 - 3, durante el año 2009 y 2010, 2011 y el número de trabajadores capacitados, referido a lo relacionado al manejo de estrés por conducción.

Inspección del Tribunal:
            Al bus que el juez determine para que verifique el estado de los buses y de las cabinas acrílicas.
            Y respecto de los depósitos que el juez determine para verificar el estado de los servicios higiénicos y de relevo correspondiente.


Demandada solidaria:
Documental:
1-     Licitación Pública de uso de vías Transantiago 2003 volumen 1 y 2.

El tribunal decreta de oficio:
1-     Oficio a la Inspección del Trabajo a fin que informe al tenor del artículo 486 del Código del Trabajo en relación a las primeros  3 hechos a probar y también respecto al número de afiliados al Sindicato Interempresas.
Debiendo adjuntarse al oficio copia del acta de la presente audiencia, la demandan y su contestación.

El Tribunal:
Se fija audiencia de juicio para el día 1 de junio de 2011 a las 11:40 horas, sala 7
     
Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas.

Dirigió Don IVAN SANTIBAÑEZ TORRES, Juez Titular del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintinueve de abril de dos mil once.-

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